¿Cómo colegiarse?

¿Qué es el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de la Región de Murcia?

Es una corporación de derecho Público, sin ánimo de lucro creada en el año 2006 para representar a todos los ópticos-optometristas de la Región de Murcia. En el Colegio se agrupan, por tanto, todos los ópticos-optometristas diplomados habilitados legalmente para ejercer la profesión.

¿Quién debe colegiarse?

La colegiación es obligatoria para todas aquellas personas que deseen ejercer la profesión de óptico-optometrista. Voluntariamente podrán colegiarse como no ejercientes las personas que posean la titulación adecuada y que, por una u otra causa, no ejerzan la profesión de óptico-optometrista. La decisión respecto a la admisión como colegiado en el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de la Región de Murcia compete a su Junta de Gobierno, la que una vez recibida la oportuna solicitud de colegiación, acompañada de las pruebas documentales necesarias que acrediten su derecho al ejercicio de la profesión de óptico-optometrista, acordará la colegiación.

¿Dónde debo colegiarme?

¿Qué documentos debo presentar?

Junto con la solicitud de colegiación en modelo normalizado, que a este efecto se facilitará al interesado, será requisito indispensable, tanto para solicitar la colegiación como ejerciente como no-ejerciente, la presentación de los siguientes documentos:

  •  2 fotocopias del título o diploma acreditativo del derecho al ejercicio de la profesión de óptico-optometrísta, que tiene alguno de los que se encuentran en las situaciones previstas en el articulo 6 de los Estatutos.
  •  2 fotocopias del D.N.I., N.I.E. o documento que los sustituya.
  •  2 fotografías de tipo carné.
  •  Domiciliación bancaria para el pago de cuotas colegiales.
  •  Justificación o acreditación de pago de la cuota de entradao, en su caso de las otras cuotas que estuvieren acordadas.
  •  Si se va a prestar servicios por cuenta ajena en alguno de los establecimientos que se mencionan en el articulo 8, fotocopia del contrato de trabajo, o en su caso, del nombramiento administrativo y documento acreditativo del alta el régimen de la Seguridad Social que se exigible.
  •  Si se van a prestar servicios para una entidad con personalidad jurídica propia distinta a la del colegidado, siendo este socio integrante de la misma, documentos acreditativos de dicha circustancia y alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o régimen de la Seguridad Social que le sea aplicable.

Todas las fotocopias presentadas con la solicitud de colegiación deberán ser autenticadas por notario u organismo oficial. En los casos en que no se cumpliera este requisito, se aportarán también los documentos originales para la compulsa de las fotocopias.

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