Cambios en el Real Decreto que regula el uso de la mascarilla

8 de febrero 2023

A partir de hoy, día 8 de febrero, el Real Decreto que regula el uso de la mascarilla suprimió su obligatoriedad en transportes públicos, incluyendo tranvía, avión, metro, barco, autobús, taxi y servicios VTC, entre otros.

En los establecimientos sanitarios donde no se dispensan medicamentos, como son las ortopedias, centros auditivos y las ópticas, su uso tampoco será obligatorio. Sin embargo, seguirán siendo una medida de seguridad sanitaria obligatoria en los centros sanitarios como hospitales, centros de salud y clínicas, y también en farmacias y botiquines.

Los centros sociosanitarios, como las residencias de mayores, seguirán manteniendo la medida de la mascarilla como obligatoria. La medida procura proteger a los sectores con mayor riesgo de la sociedad, mientras libera al resto de esta medida que se instauró desde el principio de la pandemia.

Hacemos un llamamiento a la prudencia

Desde el COORM, incidimos en la utilidad de adoptar medidas de tipo organizativo para controlar la ocupación excesiva de aquellas instalaciones que presenten dificultad de ventilación y se aconseja realizar un uso responsable de la mascarilla en los espacios donde se realiza el abordaje clínico, donde la distancia entre paciente y optometrista va a ser reducida.

Por ello, el cumplimiento de las normas de seguridad y la correcta limpieza de los espacios y dispositivos se atribuyen a la responsabilidad de nuestros profesionales sanitarios ópticos-optometristas en función de la vulnerabilidad de los pacientes.

Más información ? boe.es/boe/dias/2023/02/08/pdfs/BOE-A-2023-3292.pdf